Jueces violan Ley de Amparo y siguen en resistencia
Los jueces violan rampantemente el Artículo 61 de la Ley de Amparo al expedir suspensiones contra la Constitución y medios tradicionales de comunicación insisten en darle importancia a estas resoluciones, aunque no hay interpretaciones que valgan porque la improcedencia es literal.
Además, la reforma ya es ley al ser aprobada por mayoría del Legislativo y no hay manera legal de detener la elección de jueces, ministros y magistrados.
El capítulo VII de la Ley de Amparo, Artículo 61 fracción 1, indica literalmente que el juicio de amparo es improcedente: “Contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Aunque es obvia la ilegalidad en la que caen los jueces de distrito, además de su conflicto de interés porque están enjuiciando sus propios intereses, el Consejo de la Judicatura Federal, que también preside la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña, no los amonesta ni sanciona.
Desde finales de agosto, jueces federales de 15 estados se concedieron unas 70 suspensiones para frenar la implementación de la reforma judicial, ya vigente desde el pasado 16 de septiembre.
Entre el 26 de septiembre y el 2 de octubre se multiplicaron las demandas admitidas a trámite, pese a que se trata de una reforma Constitucional que por jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia no puede ser impugnada por esta vía.
Al menos 34 de estas suspensiones instruían expresamente detener el proceso para la elección judicial extraordinaria, agendada para junio de 2025, mediante órdenes directas al Instituto Nacional Electoral (INE), el Senado, o las autoridades responsables en general.
Las suspensiones que ordenaron parar la elección han sido concedidas por los jueces y juezas Segundo de Distrito en Colima, Quinto en Yucatán, Cuarto en Materia Administrativa en Jalisco, Décimo y Décimo Noveno en Veracruz, Primero en Baja California y Primero en Durango.
Además de prohibir al INE seguir con el proceso electoral -que inició el 23 de septiembre- los jueces también negaban al Senado emitir la convocatoria para la elección, mientras algunas otras mandataban al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no implementar actos para la transición a los nuevos órganos de administración y disciplina.
La primera de estas suspensiones, concedida el 24 de septiembre en Colima, fue confirmada por el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, mientras que el juez Cuarto Administrativo en Jalisco, Francisco Ramírez Marcial, otorgó 25 suspensiones, todas ilegales.
Varios jueces también ordenaron a las autoridades que «se abstuvieran de emitir cualquier declaración que constituya un ataque, escarnio, difamaciones, humillaciones y todo acto que implique ataques a la integridad personal y la posible persecución política de las personas juzgadoras».
Para dar la vuelta a la jurisprudencia de la Corte, las demandas impugnaron el Artículo 61 de la Ley de Amparo, que prohíbe esta vía para detener cambios a la Constitución.
Lo excepcional de la situación provocada por la reforma también se reflejó en los impedimentos que, luego de concedidas las suspensiones, al menos ocho jueces han planteado para seguir tramitando los amparos.
Estos jueces admitieron que no podían ser imparciales, ya que la reforma les afecta al establecer la elección de todos los juzgadores del país por voto popular, otorgándoles la opción de competir con otros candidatos o dejar sus cargos.
Martha Eugenia Magaña, jueza Quinta de Distrito en Morelos, ordenó a los legisladores no abordar el dictamen en una suspensión provisional concedida a un grupo de jueces federales dentro del amparo 1251/2024.
Felipe Consuelo Soto, juez Tercero de Amparo y Juicios Federales en Chiapas, también otorgó un recurso contra la reforma, solo que no impide su discusión o aprobación legislativa.
La suspensión ordenaba que una vez avalado el dictamen en el Congreso de la Unión, no se enviara a las 32 legislaturas estatales, de las que al menos 17 tenían que dar su aprobación para completar la reforma a la Constitución.
JUEZA AMENAZANTE, AUNQUE VIOLA LA LEY
Por bizarro que parezca, la jueza Nancy Juárez Salas, del Juzgado Décimo Noveno de Distrito en el estado de Veracruz, otorgó una suspensión para ordenar mutilar el Diario Oficial de la Federación (DOF) y quitar la reforma judicial ya publicada.
Incluso, impuso un ultimátum a la presidenta Claudio Sheinbaum Pardo para que, en un plazo de 24 horas, eliminara la publicación en el DOF.
Pero además de su violación al Artículo 61 de la Ley de Amparo, Juárez Salas tiene un historial negro, porque fue denunciada por 12 trabajadores, quienes la acusaron de acoso laboral, malos tratos, no respetar el horario laboral y nepotismo.
Estas denuncias resultaron en una suspensión ordenada por el Consejo de la Judicatura Federal en abril de 2021. Sin embargo, dicha sanción fue revocada en marzo de 2023.